jueves, 19 de julio de 2012

SEXTO MANDAMIENTO


NO COMETERÁS ADULTERIO O ACTOS IMPUROS


Por P. Modesto Lule msp
Twitter: @ModestoLule


En este sexto mandamiento vamos a tratar específicamente sobre el adulterio. Un punto interesante por su actualidad es el de la comunión con los divorciados y vueltos a casar, en este caso por lo civil solamente.


Me ha llegado la noticia que algunos divorciados y viviendo con otra persona se acercan a comulgar porque así se los ha permitido cierto «amigo» que es sacerdote. Solamente les ha pedido que lo hagan en una Iglesia donde no conozcan su situación. Dicha noticia me produce tal desconcierto por ambos lados. Primero por los divorciados y vueltos a «juntar» que quieren de forma desesperada recibir a Cristo en la Eucaristía sabiendo que los mandamientos se lo prohíben. El otro desconcierto es al saber que hay hermanos sacerdotes que están a favor de que un divorciado y vuelto a juntar comulgue. Creo que no hace falta mucho estudio de teología para saber que estas personas están en una situación de pecado grave para recibir la comunión y que si lo hacen, están desobedeciendo los mandamientos de Dios, lo que dicta la Biblia y lo que ha promulgado la Iglesia Católica en varios documentos.

Una persona legítimamente casada, cuando tiene relaciones sexuales, o aplicando el término más apropiado, relaciones genitales con otra persona comete el sexto pecado que se anuncia en los 10 mandamientos. Dice literalmente: «no cometerás adulterio», (Ex. 20, 14). El supuesto «permiso» del sacerdote amigo, para comulgar, no elimina dicha falta o dicho pecado.

La Santa Sede es quien confirma la postura teológica y disciplinaría de la Iglesia Católica, sobre aquellos que se han divorciado y vuelto a casar sin un Decreto de Nulidad. Al respecto, debemos saber que, por el primero y único matrimonio celebrado en la Iglesia, se encuentran en una relación de adulterio, que no les permite arrepentirse honestamente y recibir la absolución de sus pecados y por ende, la Santa Comunión. No por esto hay que sentirse rechazados por la Iglesia, ya que como menciona el beato Juan Pablo II, en el documento sobre la Reconciliación y la Eucaristía: «...la Iglesia desea que estas parejas participen de la vida de la Iglesia hasta donde les sea posible, es decir en la Misa, adoración Eucarística, devociones y otros más que serán de gran ayuda espiritual para ellos». En el caso de la Misa, pueden disponerse a la comunión espiritual.

Sólo podrían acercarse a comulgar si, evitado el escándalo y recibida la absolución sacramental, se comprometen a vivir en plena continencia. Así lo ha dicho la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe. Aunque yo veo casi imposible que así suceda. En algunos casos sí se puede, cuando ya son muy ancianos y sufren de enfermedades, que les prohíbe tener actividad sexual. Pero cuando no hay estos casos es muy difícil que se mantengan célibes y vivir juntos.

Aclaro, para no confundir: las personas casadas por la Iglesia y divorciadas, pueden comulgar, siempre y cuando no tengan actividad sexual con otras personas que no sean su esposo o esposa. Si viven por separado pero en continencia sexual pueden acercarse al sacramento.


Hasta la próxima.



Si te gustan estos artículos te pido te registres para que pueda llegarte hasta tu correo. Después de registrarte entra a tu correo y acepta la solicitud. Y promueve la página.


3 comentarios:

coto dijo...

Creo que muchos matrimonios irregulares anhelan tanto comulgar no por saber profundamente que es comulgar, sino por no sentirse inferior a los demás...si supieran que al no comulgar están demostrando ante todos el gran Amor que le tienen a Dios, asumirían en paz ese estado hasta regularizar su situación.

Isabel dijo...

Muy buenas reflexiones que nos ayudan a entender mejor. Gracias

Carlos A. Jaramillo dijo...

O sea que este mandamiento solo se refiere al adulterio? Y de los novios que no son casados y tienen relaciones está permitido?